Se podrá ingresar desde mediados de febrero hasta fines de marzo y habrá mayores beneficios para quienes se sumen más temprano.
La AFIP anunció que el 17 de febrero comenzará la adhesión a las moratorias para las micro, pequeñas y medianas empresas. Las inscripciones podrán hacerse hasta el 30 de abril de este año y quienes entren accederán a distintas flexibilidades para ponerse al día en materia impositiva.
Este plan fue aprobado en diciembre del año pasado por el Congreso Nacional ya que forma parte de la Ley 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva.
La moratoria permitirá refinanciar en plazos de hasta a 10 años toda la deuda impositiva y aduanera y a 5 años para las deudas del sistema de seguridad social. Además se condonarán parte de los intereses y el total de multas. Todo esto se suma a que los pagos comenzarán recién a partir de julio.
En lo que respecta a los tiempos, el ente impositivo informó que las empresas que se adhieran más rápido contarán con mayores beneficios. Quienes entren en febrero y marzo tendrán menores pagos a cuenta y un período de espera más extenso. Para cualquier caso será necesario contar con el Certificado Mipyme otorgado por el Ministerio de Desarrollo Productivo.
PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS DE LA MEDIDA:
Fecha de adhesión: Desde el 17 de febrero al 30 de abril.
Cuotas: Hasta 120 para las obligaciones tributarias y aduaneras. Hasta 60 cuotas para el sistema de seguridad social.
Condonación parcial de intereses y total de multas.
Tasa de interés: 3% mensual fija por un año, luego será variable.
Deuda por incluir: Vencida hasta el 30 de noviembre de 2019.
Planes vigentes o caducos: Permite reformular todos los planes de facilidades de pagos vigentes o caducos en una sola cuota (los beneficios para los contribuyentes serán menores que el resto de las empresas).
Permite utilizar todas las devoluciones aprobadas y pendientes de pago que un contribuyente tenga a favor en AFIP para restarlo de la deuda.
Levantamiento de embargos y suspensión de la acción penal.
Certificado MiPyME: Es necesario contar con el certificado que otorga el Ministerio de Desarrollo Productivo, siendo la fecha límite de obtención el 30 de abril.