El Gobierno Nacional estableció un esquema de reducción progresiva de la indemnización por despido a partir del 1º de enero. Sigue leyendo para conocer los detalles.
En el marco de las medidas de emergencia por la pandemia del Covid-19, mediante el Decreto 329 del 31/03/20 el Gobierno Nacional dispuso la prohibición de efectuar despidos sin causa o por causa de falta o disminución de trabajo o por fuerza mayor. No obstante, el art. 2 del Decreto 886/21 publicado en el Boletín Oficial el día 24/12/2021, estableció un régimen de agravamiento indemnizatorio decreciente hasta su finalización con fecha 30 de Junio de 2022.
“En el caso de despido sin causa durante la vigencia del presente decreto, la trabajadora afectada o el trabajador afectado tendrá derecho a percibir, además de la indemnización correspondiente de conformidad con la legislación aplicable, un incremento equivalente al SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75 %) del monto de la misma, desde el 1º de enero de 2022 y hasta el 28 de febrero de 2022; del CINCUENTA POR CIENTO (50 %) a partir del 1º de marzo de 2022 y hasta el 30 de abril de 2022 y del VEINTICINCO POR CIENTO (25 %) desde el 1º de mayo de 2022 y hasta el 30 de junio de 2022.”, se lee en dicho documento
Se mantiene asimismo el principio general de que este agravamiento indemnizatorio no rige respecto del personal que hubiera sido contratado con posterioridad al 13 de diciembre de 2019. Se ratifica además que todo agravamiento tendrá un tope máximo de $500.000.
Asimismo, durante la última emisión de Conexión Parques, por Eco Medios, nuestra especialista en Relaciones Laborales y Sindicales, Silvina Scarimbolo, resaltó que “despedir con causa es una forma de despido determinada en la ley de contrato de trabajo que no quedó sin efecto el año pasado”.
“Por lo tanto, esta perfectamente habilitada la posibilidad de que el empleador, cuando tiene todos los antecedentes del comportamiento del trabajador, pueda culminar con la sanción mayor del despido con causa”, agregó.