El decreto N° 68 del 2 de febrero de 2022, que fija el incremento para los Aportes No Reintegrables (ANR), fue publicado también en el Boletín Oficial dentro del mismo mes.
Dirigidos a municipios y provincias con Parques Industriales públicos y/o mixtos, se destinan a desarrollar obras de infraestructura intramuro y estudios para la constitución, regularización o ampliación de Parques Industriales.
Son priorizados aquellos Parques Industriales que implementen innovaciones tecnológicas o educativas, desarrollen líneas sustentables o incorporen políticas de género e inclusión.
El actual Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales fue creado en 2010 y luego reformulado por el Poder Ejecutivo Nacional (PEN) en 2020.
El Estado nacional lleva girados innumerables Aportes No Reintegrables a distintos municipios del país, básicamente con el fin de concretar obras de infraestructura en el predio destinado a la instalación de industrias.
Su objetivo es promover el ordenamiento territorial impulsando esquemas de asociativismo y cooperativismo en procura del desarrollo industrial; incidir en la planificación productiva local y en el desarrollo sustentable e inclusivo; incentivar la generación de empleo local; y potenciar las sinergias derivadas de la localización común.
Para esto cuenta con las siguientes herramientas: Aportes No Reintegrables (ANR) para Parques Industriales Públicos y Mixtos, ahora llevados hasta 100 millones de pesos.
Existen dos entes sobre cuyos datos y observaciones se definen a la postre los fondos a asignar. Son, por un lado el Registro Nacional de Parques Industriales (RENPI), dependiente de la SIECyGCE, que tiene a su cargo recolectar, producir, monitorear, registrar y sistematizar datos e información sobre los Parques Industriales en todo el territorio nacional y las empresas radicadas en los mismos.
Y por otro, el Observatorio Nacional de Parques Industriales con el objeto de contar con una herramienta que permita adoptar definiciones en materia de asignación de los beneficios contemplados.
Estudios de prefactibilidad (no requiere inscripción en RENPI), Estudios para constitución y ampliación; Obras de infraestructura intramuros; Créditos con tasas bonificadas; Radicación y desarrollo de empresas en Parques Industriales Públicos, Mixtos y Privados; Adquisición de lotes en Parques Industriales Públicos y Mixtos existentes.
Es condición necesaria para acceder a cualquiera de estas herramientas que el Parque Industrial en cuestión se encuentre registrado en el Registro Nacional de Parques Industriales (RENPI), a excepción de los ANR para estudios de prefactibilidad para la construcción de un Parque Industrial.
La autoridad de aplicación es la Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa (SIECyGCE) la cual, mediante la Resolución 150/20, aprobó el Reglamento Operativo del Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales consignado en Anexo a la norma, con vigencia a partir del 12/9/20.
Prórroga
Otra medida dispuesta por el Ministerio de Desarrollo Productivo prorroga hasta el 1º de junio de 2022 inclusive el plazo para la renovación de la inscripción en el Registro Único de la Matriz Productiva (RUMP), conforme a lo establecido en el artículo 10° de la Resolución N° 328 de fecha 30 de junio de 2021 de la misma cartera.
De este modo, emprendedor/a, MiPyMES, importadores, exportadores, comercios, industrias, empresas con actividad minera, empresas que promocionen la actividad de la ciencia y uso de tecnología, cámaras empresarias, instituciones, cooperativas y empresas y cooperativas con economía circular, dispondrán de mayor margen para registrarse en esta herramienta de gestión, relevamiento y registro, que centraliza toda la información básica del sector productivo.
Queda así centralizada la información personal, laboral, comercial y empresarial de todas aquellas personas humanas o jurídicas que requieran servicios, programas o trámites del Ministerio de Desarrollo Productivo.