La Abogada Experta en cuestiones laborales, habló de la Ley de Teletrabajo.
Silvina Scarimbolo conversó con Conexión Parques, por Eco Medios, y comenzó diciendo: “Por fin se reglamentó esta Ley de Trabajo, ahora estamos en condiciones de que el empleador adopte esta modalidad para sus trabajadores, o no, según le convenga”.
En diálogo con Lía Ghelfi, Scarímbolo comentó que “uno de los temas a tener en cuenta es la reversibilidad. Quiere decir que una vez que haya acuerdo entre el empleado y el empleador, de prestar servicios desde el domicilio, es el trabajador el que en cualquier momento puede solicitar volver a cumplir sus tareas al establecimiento. En 30 días, el empleador, deberá permitirle volver. Sino, el empleado puede darse por despedido”.
También explicó: “La Ley de Teletrabajo entra en vigencia el 1/4/2021, aún no se aplica. Para que se aplique, como empleador, voy a tener que consensuar con cada uno, sino, tengo derecho de solicitar que todos vuelvan a trabajar como se firmó en el contrato”.
Luego sostuvo que “las empresas piensan que se han perdido la oportunidad de generar empleo. Al empleador no le gustó, ya que no se siente motivado a aplicar esta modalidad”.
Por último, profundizó: “Un capítulo se refiere a elementos de trabajo y soporte, eso se toma como elemento”. “En otro artículo se toman en cuenta los gastos de compensación, que tienen que ver con la conectividad y los accesos al trabajo, por ejemplo internet”, concluyó.
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